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	<title>Urbanismo &#8211; Gómez Morales Abogados |</title>
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	<title>Urbanismo &#8211; Gómez Morales Abogados |</title>
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		<title>Gómez Morales gana Juicio contra el Ayuntamiento de Almería que tendrá que devolver más de 300.000 euros por Plusvalías</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/gomez-morales-gana-juicio-contra-el-ayuntamiento-de-almeria-que-tendra-que-devolver-mas-de-300-000-euros-por-plusvalias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Jan 2022 19:34:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Construction (Demo)]]></category>
		<category><![CDATA[Suelo urbanizable]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>
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					<description><![CDATA[Tenemos una estupenda noticia que compartir con nuestros clientes y seguidores y es que tal y como se hace eco...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Tenemos una estupenda noticia que compartir con nuestros clientes y seguidores y es que tal y como se hace eco hoy la Voz de Almería, el <strong>Ayuntamiento de Almería</strong> tendrá que devolver 310.000 euros a uno de nuestros clientes por <strong>Plusvalías declaradas nulas</strong>.<br>Puedes leer la noticia completa en</p>



<p><a href="https://www.lavozdealmeria.com/noticia/12/almeria/229896/el-ayuntamiento-de-almeria-tendra-que-devolver-310-000-euros-a-un-promotor" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://www.lavozdealmeria.com/noticia/12/almeria/229896/el-ayuntamiento-de-almeria-tendra-que-devolver-310-000-euros-a-un-promotor</a></p>
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		<title>Nueva Ley de Suelo en Andalucía: Regulación de Casas Rústicas y más novedades</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/nueva-ley-de-suelo-en-andalucia-regulacion-de-casas-rusticas-y-mas-novedades/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Jan 2022 16:02:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Construction (Demo)]]></category>
		<category><![CDATA[Suelo urbanizable]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>
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					<description><![CDATA[La nueva Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, conocida como LISTA, que se ha aprobado en...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La nueva <strong>Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía</strong>, conocida como <strong>LISTA</strong>, que se ha aprobado en Noviembre, ha entrado en vigor el 23 de Diciembre, los reglamentos se aprobarán en los próximos 6 meses. Esta Ley trata de <strong>eliminar trabas, categorías, filtros y supuestos </strong>mejorando la anterior de 2003.<br><br>Se fijan solo dos clases: <strong>Urbano y Rústico</strong>, frente al modelo anterior que eran Urbano, urbanizable y no urbanizable. También se elimina dentro de suelo urbano las especificaciones de Suelo urbano consolidado y no consolidado.<br><br>Apuesta por facilitar una <strong><a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/derecho-urbanistico/" data-type="page" data-id="24870">&#8220;regularización&#8221; para viviendas construidas en suelos no urbanizables</a></strong>, que podría afectar a cientos de miles de viviendas construidas, sin ser una amnistía, pretende organizar y racionalizar la realidad ya existente, dotándoles de<strong> seguridad jurídica</strong><br><br>Permite la <strong>construcción en suelo rural de viviendas </strong>aisladas, sin ninguna necesidad de vinculación con el interés agrícola o económico, de esta forma consideran que &#8220;Permitir la construcción de <strong>viviendas aisladas en suelo rural </strong>es responder a una necesidad real que favorece el desarrollo de las zonas rurales, permite <strong>luchar contra la despoblación </strong>y evita la construcción de nuevas <strong>viviendas irregulares</strong>&#8220;.<br><br><br>Esta Ley también presenta novedades para los <strong>ayuntamientos otorgándoles mayor autonomía</strong>, ya que se les permite aprobar sus planes generales sin enfrentarse a la aprobación de cada consejería en los distintos pasos del proceso<br><br>Igualmente recoge medidas de <strong>adecuación ambiental y territorial</strong> con medidas para minimizar o reducir el impacto de las edificaciones irregulares y dotarlas de infraestructuras básicas de saneamiento, electricidad y agua, garantizando unas condiciones de seguridad y salubridad mínimas.<br><br>Si está interesado en conocer más sobre esta nueva Ley no dude en <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/contacto/" data-type="URL" data-id="https://www.gomezmoralesabogados.com/contacto/">consultarnos su caso particular</a>.</p>
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		<item>
		<title>Estrenamos año en Andalucía con bajadas de impuestos</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/estrenamos-ano-en-andalucia-con-bajadas-de-impuestos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 Jan 2022 09:48:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Bancario]]></category>
		<category><![CDATA[GM Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[revisión de valores]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>
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					<description><![CDATA[Esta rebaja que entra en vigor en 2022, afecta principalmente al Impuesto de la Renta (IRPF), al Impuesto sobre Sucesiones...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Esta rebaja que entra en vigor en 2022, afecta principalmente al I<strong>mpuesto de la Renta (IRPF), al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), Al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y al Impuesto sobre el Patrimonio</strong>.<br><br>Resumimos las Novedades:<br>&#8211; Se adelante la <strong>reducción de la Escala Andaluza del IRPF</strong>, de 2023 a 2022, pasando a ser Andalucía la tercera Comunidad Autónoma con los tipos más bajos, situandose entre un mínimo de 9.5% y 22.5%<br><br>&#8211; <strong>Deducción por <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/derecho-urbanistico/" data-type="page" data-id="24870" target="_blank" rel="noreferrer noopener">inversión en vivienda habitual</a></strong>: deducción 5% para jóvenes y viviendas de protección oficial (antes la deducción era del 3% para jóvenes y del 2% para VPO) y amplía el límite de renta a 25.000 euros en tributación individual y 30.000 euros cuando se tributa de manera conjunta.<br><br>En <strong>Sucesiones y Patrimonio</strong><br><br>&#8211; Se rebaja la tarifa del <strong>Impuesto de Sucesiones y Donaciones</strong><br><br>&#8211; Se Mejora la <strong>reducción por donación de dinero a descendientes para la compra de la vivienda habitual</strong>. Se incrementan las cantidades de la base máxima de la reducción de los 120.000 anteriores a los 150.000 euros y si se es un donatario con discapacidad se amplia de 180.000 a 250.000 y se amplía la medida para cualquier vivienda habitual, sin necesidad de que se trate de la primera. También se ha extendido la norma a personas víctimas de violencia doméstica o personas víctimas del terrorismo.<br><br>&#8211; Se consigue una<strong> equiparación plena de las parejas de hecho con los cónyuges</strong>, con independencia de donde se haya inscrito la pareja de hecho y el matrimonio, permitiendo la aplicación de las reducciones a parejas de hecho que se han inscrito en registros de cualquier otra administración pública.<br><br>&#8211; Se amplía el plazo de presentación de la autoliquidación por los hechos imponibles sujetos al impuesto sobre Donaciones de los 30 días hábiles a 2 meses.<br><br>En <strong>Actos Jurídicos Documentados</strong><br><br>Aquí entre el vigor un tipo de <strong>gravamen reducido del 1% en TPO para la compra de vehículos no contaminantes</strong>, vehículos turismo catalogados en cero emisiones, además, incluye otro tipo de vehículos no contaminantes, a diferencia del resto de comunidades autónomas, como son embarcaciones con motor eléctrico, solares, a vela y bicicletas eléctricas y no eléctricas.<br><br>Para las <strong>adquisiciones del Vivienda Habitual entra el vigor el Tipo Reducido del 1% en el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados </strong>cuyo importe de adquisición no sea superior a 150 Mil Euros y del reducido del 6% en TPO.<br><br><br>En <strong>Alquiler</strong><br><br>Se incluyen mejoras en la <strong>deducción por importes invertidos en el <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/derecho-inmobiliario/" data-type="page" data-id="24868">Alquiler de la vivienda habitual</a></strong>, además se amplia la aplicación a personas con discapacidad, mayores de 65 años, víctimas de violencia doméstica y víctimas del terrorismo.<br><br>Respecto de la Familia, <strong>mejora la deducción por nacimiento y adopción de hijos</strong>, extendiéndose el beneficio al acogimiento familiar de menores y se aumenta el importe de la deducción de los 50 euros a los 200 euros, que serán 400 en el caso de municipios con problemas de despoblación.<br><br>Deducción en <strong>Educación particular</strong><br><br>Se podrán <strong>deducir un 15% de los gastos de enseñanza extraescolar de idiomas y/o informática</strong>, siendo indiferente la etapa educativa o el centro en el que se encuentren matriculados, con un límite de 150 euros al año por cada descendiente. También se considerarán las cantidades abonadas a personas físicas (profesores particulares) que estén dadas de alta en el correspondiente epígrafe del IAE por clases particulares impartidas en domicilios particulares.<br><br>Sin duda son buenas noticias para <strong>comenzar bien este nuevo año 2022</strong>.<br><br><strong>Feliz Año!!</strong></p>
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		<item>
		<title>Abogados especialistas en Urbanismo en Andalucía</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/abogados-especialistas-en-urbanismo-en-andalucia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 30 Oct 2020 17:38:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>
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					<description><![CDATA[Evita sanciones Urbanísticas de la Junta de Andalucía, consulta con Gómez Morales Abogados. Las actuaciones de inspección han aumentado un...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Evita sanciones Urbanísticas de la Junta de Andalucía, consulta con Gómez Morales Abogados. Las actuaciones de inspección han aumentado un 60% en 2020 en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.</p>
<p>La consejera de Fomento, tras la aprobación del Decreto de viviendas irregulares, tiene la intención de seguir reforzando las inspecciones para velar por el cumplimiento de la legalidad, evitando la proliferación de edificaciones ilegales, redoblando las visitas de inspección, no solo de denuncias recibidas si no de actuaciones programadas a partir de los diagnósticos efectuados tras el detallado rastreo de nuevas edificaciones y construcciones detectadas en la ortofotografía digital disponible, haciendo uso de órdenes de suspensión de actuaciones ejecutadas sin licencia, precinto de construcciones irregulares en construcción, corte de suministros ilegales e imposición de multas coercitivas.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Abogado revisión de Valores</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/abogado-revision-de-valores/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 May 2020 09:24:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[GM Abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[revisión de valores]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos de transmisiones]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos donaciones y sucesiones]]></category>
		<category><![CDATA[recurrir comprobación de valores]]></category>
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					<description><![CDATA[Si tras haber adquirido determinados bienes por compra o por herencia, te están exigiendo un pago adicional (liquidación tributaria) tras...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Si tras haber adquirido determinados bienes por compra o por herencia, te están exigiendo un <strong>pago adicional</strong> (liquidación tributaria) tras la <strong>comprobación de valores</strong> por cantidad superior a la que inicialmente pagaste, has de saber que muchas de estas comprobaciones de valores no son legales, se realizan sin respetar sus derechos o incurren en defectos de forma.</p>
<p>Pero, qué se entiende por comprobación de valores, nos referimos a ello cuando la administración pública comprueba el valor real de inmuebles para obtener el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto de Sucesiones y donaciones.</p>
<p>La actual fórmula empleada para calcular ese valor real en la comprobación, según sentencia del Tribunal Supremo del 23 de mayo de 2018, es considerada un sistema no idóneo si no va acompañado de una comprobación directa mediante la visita de un perito.</p>
<p>Si te están reclamando un pago extra en la comprobación de valores, tanto si estas en cualquiera de las provincias de Andalucía (Almería, Granada, Jaén, Córdoba, Sevilla, Huelva, Cádiz, Málaga), Murcia o resto de España, reclama es tu derecho, <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/#contacta">contacta con nosotros para asesorarte</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Abogados especialistas en expropiaciones en Almería y provincia</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/abogados-especialistas-en-expropiaciones-en-almeria-y-provincia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 May 2020 16:11:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Expropiaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>
		<category><![CDATA[expropiaciones abogados]]></category>
		<category><![CDATA[expropiaciones ayuntamiento]]></category>
		<category><![CDATA[expropiaciones forzosas]]></category>
		<category><![CDATA[expropiaciones y urbanismo abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[Estamos especializados en Derecho Administrativo y con una reforzada  experiencia en la defensa de los derechos de los expropiados y...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Estamos especializados en Derecho Administrativo y con una reforzada  experiencia en la defensa de los derechos de los expropiados y la gestión de las expropiaciones</p>
<p>Expropiación urbanística, expropiación ayuntamiento, expropiación inmobiliaria ó expropiación forzosa</p>
<p><strong>El procedimiento de expropiación consta de cuatro fases:</strong></p>
<p>1.-<strong> La declaración previa de utilidad pública o interés social</strong> del fin para el que vaya a afectarse el bien.</p>
<p>2º.- <strong>Necesidad de ocupación</strong> estrictamente necesaria de los bienes y derechos para alcanzar dicho fin. Acto en el que la ley y la doctrina adopta como el inicio del expediente expropiatorio.</p>
<p>3º.- <strong>Determinación del justiprecio</strong>. Ésta puede ser bien por mutuo acuerdo de las partes o si no es posible éste mediante la apertura de pieza separada encabezada con la descripción del objeto de expropiación.</p>
<p>Este justiprecio depende de múltiples factores, por lo que le recomendamos nos solicite asesoramiento dado nuestro conocimiento y experiencia en expropiaciones.</p>
<p>4º.- <strong>Pago y toma de posesión.</strong> Una vez establecido el justiprecio deberá ser abonado en el plazo de 6 meses. El expropiado tiene derecho a que se le entregue hasta el límite, el importe establecido, aunque exista recurso pendiente sobre el mismo. Abonado el justiprecio puede procederse a la ocupación de la finca.</p>
<p><a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/#contact">Contacta con nuestros abogados especialistas en expropiaciones y urbanismo</a></p>
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