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	<title>gastos hipotecas &#8211; Gómez Morales Abogados |</title>
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	<title>gastos hipotecas &#8211; Gómez Morales Abogados |</title>
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		<title>Seguros de hipotecas abusivos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 05 Nov 2023 15:46:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Bancario]]></category>
		<category><![CDATA[gastos hipotecas]]></category>
		<category><![CDATA[GM Abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[Hasta que en 2019 entró en vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, era una práctica habitual imponer la...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Hasta que en 2019 entró en vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, era una práctica habitual <strong>imponer la contratación de un seguro para obtener el préstamo con la aseguradora de la misma rama de la banca con sus condiciones</strong>, el importe del seguro se incluía dentro del importe financiado, cobrando a su vez intereses. Son los seguros de prima única, en los que se pagan todas las cuotas por adelantado, se estima que 7 de cada 10 hipotecas incluían esta práctica.</p>
<p><strong>¿Qué problema suponen?</strong><br />
Pues si la entidad bancaria te exige la contratación de un seguro de Vida durante la duración de la hipoteca 15, 20 o 25 años y se abona por adelantado, incorporado a la hipoteca supone un coste adicional en la comisión de apertura y los intereses</p>
<p><strong>Considerado una práctica abusiva</strong><br />
El banco puede obligar a suscribir un seguro de vida como condición de dar una hipoteca, lo que la ley prohíbe es imponer que tenga que contratarlo con una empresa de su grupo, porque supone un claro perjuicio al consumidor.</p>
<p><strong>Hay numerosa jurisprudencia al respecto:</strong><br />
Sentencia CIVIL Nº 724/2018, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 1, Rec 347/2017 de 27 de Diciembre de 2018:<br />
<em>&#8220;La sentencia de instancia ofrece respuesta a la reclamación efectuada por el demandante a recuperar el importe de la prima única no consumida de los contratos de seguro suscritos con motivo de la firma de un préstamo hipotecario que tenían por objeto, respectivamente, la cobertura para caso de fallecimiento&#8230; &#8230;reclamar el extorno del importe de la provisión matemática del seguro de vida al entender que &#8216;si no se devuelve la parte de prima única no consumida o la provisión matemática, se produciría un perjuicio injustificado que supone una actuación contraía a las exigencias de equilibrio y de la buena fe contractual</em></p>
<p>Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 12 de Zaragoza núm. 1710/2021, de 28 de agosto de 2021(JUR<br />
2021\294892)<br />
<em>Declaró nulo un seguro de vida de 20 años por obligar al usuario a la contratación del seguro de vida con la Entidad Banco Sabadell o empresas de mismo grupo.</em></p>
<p><strong>¿Qué puedo recuperar?</strong></p>
<p>Habitualmente se recupera la prima del periodo no consumido, y adicionalmente se condena al banco a devolver a su cliente el exceso de coste sobre el precio de mercado, los intereses remuneratorios y los intereses legales desde la suscripción del seguro.</p>
<p>En virtud de las sentencias ya consolidadas contra La Caixa, BBVA y Banco Sabadell, es posible también formular reclamación extrajudicial. Si esta es tu circunstancia como si no, tanto en <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com">Gómez Morales Abogados</a> como en <a href="https://www.lexiberia.es">Lex Iberia Servicios Jurídicos</a> podremos atenderles como abogados <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/derecho-bancario/">expertos en derecho hipotecario</a>, <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/contacto/">pide cita online</a> o llámanos: 950 049 583  y recibe un asesoramiento completo sobre tu caso.</p>
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		<item>
		<title>Si vas a comprar una vivienda en Andalucía y eres familia numerosa esto va a interesar</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/si-vas-a-comprar-una-vivienda-en-andalucia-y-eres-familia-numerosa-esto-va-a-interesar/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Jul 2021 10:39:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[gastos hipotecas]]></category>
		<category><![CDATA[GM Abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[Por ser familia numerosa tienes una serie de beneficios, entre ellos está la reducción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP),...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por ser familia numerosa tienes una serie de beneficios, entre ellos está la reducción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que es el impuesto que se paga cuando compras una vivienda de segunda mano. Para las familias numerosas Andaluzas se establece el tipo reducido del 3.5% en lugar del 7% (para hechos imponibles devengados entre el 28/04/21 y el 31/12/21 si no sería el 8%), siempre que el valor de la vivienda no supere los 180.000 euros.<br />
Además también se reduce el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (ADJ), se pagaría 1,2 % tipo general, sólo para hechos imponibles devengados entre el 28/04/21 y el 31/12/21 si no sería el 1,5% y por ser familia numerosa el 0.1%.<br />
Así si por la compra de una casa valorada en 180.000 euros pagabas hasta 14.400 euros de ITP, pagarás 6.300 euros, y de Actos Jurídicos Documentados (ADJ) de 2.700 a solo 180€.</p>
<p>Si ya has adquirido la vivienda y no te beneficiaste de la bonificación, puedes solicitar la devolución de la diferencia con los intereses dentro de los cuatro años siguientes a la finalización del plazo para liquidar el impuesto, eso si debías de ser familia numerosa ya en el momento de la compra.</p>
<p>Como familia numerosa también tienes beneficios una vez comprada la vivienda, como son:<br />
&#8211; bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en algunos ayuntamientos como el de Almería es del 50%,<br />
&#8211; reducciones en la factura de electricidad con el bono social eléctrico,<br />
&#8211; bono social térmico<br />
&#8211; bono social del agua, el cual minimizará el cobro de la tarificación por bloques<br />
&#8211; Descuentos en el IRPF</p>
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		<title>Devolución del 100% Gastos tasación hipoteca</title>
		<link>https://www.gomezmoralesabogados.com/devolucion-del-100-gastos-tasacion-hipoteca/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gomez Morales Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Feb 2021 17:41:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Bancario]]></category>
		<category><![CDATA[devolución gastos]]></category>
		<category><![CDATA[gastos hipotecas]]></category>
		<category><![CDATA[gastos tasación]]></category>
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					<description><![CDATA[Según una sentencia del Tribunal Supremo del pasado Jueves, 28 de Enero de 2021, la banca deberá devolver los gastos...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Según una sentencia del Tribunal Supremo del pasado Jueves, 28 de Enero de 2021, la banca deberá <strong>devolver los gastos de tasación</strong> de todas las <strong>hipotecas</strong> firmadas <strong>antes de Junio de 2019</strong>, cuando entró en vigor la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios.<br />
Con esta sentencia de la Sala de lo Civil, los consumidores tienen derecho a la restitución de los gastos pagados en concepto de:<br />
&#8211; <strong>Registro de la propiedad</strong><br />
&#8211; <strong>Gestoría y tasación</strong><br />
&#8211; <strong>La mitad de los gastos notariales</strong>.<br />
En Enero de 2019, fue cuando el Tribunal Supremo, acordó que los gastos de notaría debían dividirse entre el banco y cliente.</p>
<p>Sólo el <strong>Impuesto de Actos Jurídicos Documentados</strong>, corre a cargo de los consumidores, así lo establecen las normas tributarias.</p>
<p>Desde Gómez Morales Abogados Valoramos positivamente este fallo, que permitirá a muchos clientes<strong> recuperar el 100% de los gastos de la gestoría y tasación</strong>. Si su hipoteca es anterior a Junio de 2019, no dude en <a href="https://www.gomezmoralesabogados.com/#contact">consultarnos</a>.</p>
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